Sólo la federación puede establecer zonas libres de organismos genéticamente modificados
Redacción Agro Orgánico
Ciudad de México. – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el decreto 418/2016 por el que se declara al estado de Yucatán zona libre de cultivos agrícolas con organismos genéticamente modificados (OGM).
Durante una sesión del Tribunal Pleno, la SCJN determinó que, de acuerdo con lo establecido en la constitución, “corresponde a la federación regular la materia de bioseguridad, así como distribuir competencias en favor de las entidades federativas”.
Cabe destacar que el decreto, se emitió debido a protestas de comunidades indígenas de apicultores, quienes denunciaron por años que los cultivos de OGM, fundamentalmente soya, requerían del glifosato, herbicida que estaba afectando a las abejas nativas de Yucatán.
No obstante, el Congreso de la Unión opinó que declarar zonas libres de OMG corresponde a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), en cumplimiento del artículo 90 de la Ley de Bioseguridad y Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM).
Por su parte, Arturo Zaldívar, presidente de la SCJN, señaló que sería un tema grave reconocer al gobernador de un estado facultades en materia de emitir prohibiciones contra los OGM.
Asimismo, el Pleno acordó exhortar al gobierno federal para que dé respuesta a las solicitudes presentadas por diversas comunidades del estado de Yucatán en relación con el establecimiento de zonas libres de OGMs.