La UE unifica los criterios en todos los países de la UE para que un producto pueda contener en su denominación las palabras biológico, orgánico o ecológico
Bruselas. – Los productos naturales están de moda y en las estanterías de los supermercados cada día aparecen nuevos artículos que prometen ser ecológicos. Alentados por esta fiebre verde, también han proliferado los establecimientos especializados en todo tipo de productos ecológicos, biológicos u orgánicos. Pero, ¿lo son de verdad?
A partir de octubre de este año, no habrá dudas sobre la procedencia de los productos que, junto a su nombre, lleven estos adjetivos o las abreviaturas eco o bio. Entonces será cuando entre en vigor la marca de certificación a nivel europeo, cuyo objetivo es armonizar la regulación existente en los diferentes países de la UE, según explica Laetitia Lagarde, asociada de propiedad intelectual de Baker McKenzie. En España, explica esta experta, este sistema de protección ya está regulado y se conoce como marca de garantía. Sin embargo, no es igual a la de, por ejemplo, Francia o Alemania.
Eso hace que al final sea relativamente fácil registrar un producto con el apellido bio sin saber realmente si cumple o no con los requisitos para ostentar esa categoría. Sin embargo, Lagarde asegura que, a partir de octubre, todos estos artículos «corren el riesgo de que su marca de certificación sea cancelada por ser engañosa para el consumidor», algo que ya ocurrió en Estados Unidos cuando entró en vigor una normativa similar. Allí, las compañías incluso se expusieron a multas millonarias, tras alguna demanda colectiva por usuarios que se sentían engañados.
Definiciones
Pero, ¿qué es en realidad un producto ecológico, biológico u orgánico? Según la normativa, estos tres términos son muy similares y tienen en común que se refieren a artículos en los que no se han empleado compuestos químicos o productos que dañen de alguna forma el medio ambiente. En Europa, estos aspectos están regulados desde 2009 y se tienen en cuenta a la hora de catalogar un artículo. Sin embargo, el cambio actual se refiere al uso de estas palabras o sus abreviaturas como parte de una marca, aun cuando el producto ni siquiera está considerado biológico.
Aunque la normativa entrará en vigor después del verano, la cancelación de este tipo de marcas que no cumplan con esta definición no será automática, ya que los reguladores no revisarán los registros ya aprobados.
Sin embargo, cualquier competidor, e incluso una organización de consumidores, así como cualquier particular, puede presentar una demanda de cancelación alegando que la denominación es engañosa. El titular tiene derecho a demostrar que sí cumple con la normativa pero, si no lo logra, tendrá que renunciar a denominarse eco o bio.
Por otra parte, la asociada de Baker McKenzie explica que esta armonización en las marcas de certificación sólo afecta a los productos alimentarios. Por tanto, sectores como el de la cosmética o el textil, donde se emplea con frecuencia este tipo de adjetivos para referirse a ciertos productos que sí llevan o se han fabricado utilizando compuestos químicos, quedan al margen de este cambio.
Aun así, Lagarde asegura que España está a la cabeza en este tipo de regulación y, en general, el nivel de cumplimiento de las compañías es alto. Es más, considera que son muchas las firmas que, pese a no estar sometidas a este tipo de exigencias, sí cumplen con unos estándares altos en este sentido, por lo que pasarían el examen en caso de que la normativa europea también se les aplicara en el futuro.
Además, hay organismos certificadores que establecen sus propios requisitos para estos sectores.
Con información de Europa Press